28 de Mayo: Día del Ceremonial Argentino

En el día de la fecha, se celebra el Día Nacional del Ceremonialista, instituido mediante Decreto Nacional Nº 1574/93, cuyo autor fue el Prof. Aníbal Gotelli, en su carácter de representante de la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación.

La fecha elegida para esta celebración se debió a que el 28 de mayo de 1810 se emitió el primer reglamento protocolar que se dictó en el país. Dicha institución se oficializó durante el desarrollo del “1er. Simposio Iberoamericano de Ceremonial y Protocolo en las Relaciones Públicas”, organizado por la Confederación Iberoamericana de Comunicación y Relaciones Públicas -CIRP-, celebrado en La Falda -provincia de Córdoba- del 8 al 12 de octubre de 1993.

Decreto 1574/93

Declárase el “Día Nacional del Ceremonial”.

Bs. As., 23/7/93

VISTO lo acordado por los miembros de las Primeras Jornadas Nacionales de Ceremonial en la Función Pública, que tuvieron lugar en la Ciudad de Buenos Aires, del 20 al 22 de abril del corriente año, organizadas por la Dirección General de Ceremonial de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, y

CONSIDERANDO:

Que los miembros de las referidas Jornadas aprobaron por unanimidad la declaración del día 28 de mayo como DIA NACIONAL DEL CEREMONIAL.

Que la elección del aludido día obedeció al hecho de que el 28 de mayo de 1910 se emitió el primer reglamento protocolar que se ha dictado en el país. Se trata de la “Instrucción para el Despacho y Ceremonial” o “Reglamento para el Ejercicio de la autoridad de la Junta Provisional Gubernativa del Río de la Plata”.

Que la mencionada declaración tiene por objeto poner de relieve la trascendencia e importancia del ceremonial como elemento imprescindible de la organización de todas las manifestaciones oficiales de las administraciones públicas, marcando, al propio tiempo, el punto de partida para una nueva concepción y conformación del Ceremonial Público Argentino, no sólo como disciplina de organización sino, además, como vehículo incuestionable e inmejorable de elevación y fortalecimiento de la imagen cultural de la Nación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 86, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° – Declárase el día 28 de mayo de cada año “DIA NACIONAL DEL CEREMONIAL”.

Art. 2° –  Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Gustavo O. Béliz.

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